El
último día hábil de febrero vence el plazo para la presentación del Plan
De Ejecución Plurianual (PEP) ante la Dirección del Sistema de Inversión
Pública (DSIP) por parte de los Proyectos de Inversión que cuentan con
presupuesto Tipo 3.
Desde
el pasado año la elaboración de PEP´s se realiza mediante medios electrónicos “online”, innovación que posibilita la carga de datos en la aplicación
informática del SNIP denominada Banco de Proyectos.
Con esto se logra una significativa simplificación administrativa así como la modernización de gestión del Ministerio de Hacienda.
La presentación del PEP se realiza en
cumplimiento del Decreto Reglamentario Nº 2.929/15 que en su Art. 122 dispone: “los Proyectos de
Inversión con asignación presupuestaria
Tipo 3 deberán presentar a la DSIP, a más tardar el último día hábil del mes de
febrero, el Plan de Ejecución Plurianual (PEP), cuyo formato será establecido
por la DSIP”. Y hasta la fecha
han cumplido con esta disposición unos 50 proyectos ,
en tanto que existen cerca de 130 sin presentar
y se insta a los mismos a hacerlo en el plazo previsto (viernes 27 de
febrero).
Igualmente, el mismo marco legal de referencia
sostiene que la presentación del PEP constituye un requisito indispensable para
la tramitación de cualquier modificación presupuestaria y la renovación del
Código SNIP para la carga de Anteproyecto
de Presupuesto 2016.
La información mínima requerida en el PEP se
refieren al Plazo de Ejecución de los Proyectos, el monto a invertir
(presupuesto anual y plurianual), las metas físicas anuales del proyecto, el
cronograma de ejecución, los productos que esperan alcanzar en el trascurso y
al final del ejercicio fiscal, las fuentes de financiamientos o la
contrapartida nacional en el caso de proyectos financiados con recursos
externos o donaciones y los indicadores cuantitativos y cualitativos o de
resultados.
Las Unidades Ejecutoras de Proyectos (UEP)
están obligadas igualmente a la
presentación de la nómina de personal vinculado al proyecto debiendo ser
actualizado el dato ante cualquier variación de dicha nómina. Esta información
será verificada por la DSIP para cualquier modificación presupuestaria
solicitada por los proyectos para el pago de servicios personales.
Los datos proveídos serán revisados por los
analistas de la Oficina Nacional de Proyectos, dependiente de la DSIP, para su
aprobación.